ACTA MUNICIPAL  69-2013

Se otorga amnistía total a las multas y recargos por mora incurrida por los arrendatarios de locales del Mercado Municipal de San Marcos, Departamento de San Marcos


MUNICIPALIDAD DE SAN MARCOS,
DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS


ACTA No. 69-2013

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARCOS, DEL MUNICIPIO DE SAN MARCOS, DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS, CERTIFICA: TENER A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE SESIONES MUNICIPALES EN DONDE APARECE INSCRITA EL ACTA No. 69-2,013, DE FECHA DIECISIETE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE LA CUAL EN SU PARTE CONDUCENTE DICE. ACTA NUMERO: 69-2013 En el Municipio de San Marcos Departamento de San Marcos, cuando son las dieciocho horas empunto del día MARTES DIECISIETE DE SEPTIEMBRE, del año dos mil trece, reunidos en el Sótano del Parque Central José Ignacio Juárez, sede de la Municipalidad de San Marcos, para llevar a cabo la Sesión Pública, ordinaria, presidida por el señor Alcalde Municipal TAE. Carlos Enrique Barrios Sácher, con la presencia de los señores: Br. Fulgencio Marcedonío Ángel López Sindico Primero Municipal, Prof. Eduardo Roberto Escobar Guzmán, Sindico Segundo, Lic. Enio Relman Maldonado Solis, Concejal Primero, P.C. Mario Ernesto Gálvez Muñoz, Concejal Segundo. Luis Emilio Escobar Barrios Concejal Tercero Adán Emilio López Soto Concejal Cuarto, Prof. Miguel Ángel de León Escobar Concejal Quinto, y Otto Eddy López López Secretario Municipal que CERTIFICA, para dejar constancia de lo siguiente: DECIMO CUARTO: AUTORIZACIÓN, PARA REBAJA DE MULTAS Y RECARGOS POR FALTA DE PAGO DE ARBITRIOS, TASAS Y OTRAS CONTRIBUCIONES EN EL PERIODO DE SESENTA DÍAS. Acuerdo Municipal No. 206-2013 El Honorable Concejo Municipal de San Marcos, departamento de San Marcos, CONSIDERANDO: Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal el ejercicio de Gobierno del municipio, velar por la integridad de su patrimonio, garantizar sus intereses con base en los valores, cultura y necesidades planteadas por los vecinos conforme a la disponibilidad de recursos. CONSIDERANDO: Que el concejo municipal podrá resolver, con el voto favorable de sus integrantes que lo integran la condonación o la rebaja de multas y recargos por falta de pago de arbitrios, tasas y otras contribuciones y derechos, siempre que lo adeudado se cubra en el tiempo que señale y con fundamento en los artículos 253,254, 255,257, 260, 261 de la Constitución de la República de Guatemala, artículos 3,5,6,33,35, incisos a, i, n, 38,40,42,67,72, inciso e, 101,105, 107, del código municipal CONSIDERANDO: Que debido a la situación económica por la que atraviesa la población a consecuencia del sismo telúrico ocurrido el siete de noviembre del dos mil doce, y con el propósito de descargar la cartera de morosidad en un buen porcentaje en el pago de multas y recargos por falta de pago de arbitrios, tasas y otras contribuciones y derechos, siempre y cuanto se de la buena voluntad de parte de los interesados y contribuyentes acogerse a la amnistía; por lo que es procedente tomar las acciones y facultades que se estimen necesarias. POR TANTO: POR TANTO: Este honorable Concejo municipal del municipio del departamento de san Marcos, con fundamento en los considerado y los artículos 253,254,255, 257,260,261 de la Constitución de la República de Guatemala, artículos 3,5,6,33, 35, Incisos a, i, n, 38, 40, 42, 67,72, inciso e, 101, 105, 107, del código municipal UNANIMIDAD de sus miembros que lo conforman; ACUERDA:

 
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