ACTA MUNICIPAL  039-2013.5

Se acuerda Reglamento para Tasas de Licencias para el funcionamiento de establecimientos Comerciales, de Servicios, Industriales y Espectáculos, del Municipio de Santa Lucía Utatlán, Departamento de Sololá.


EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL, DEL MUNICIPIO DE SANTA LUCÍA UTATLAN, DEL DEPARTAMENTO DE SOLOLÁ.

CERTIFICA: Que para el efecto tuvo a la vista el libro de Actas de Sesiones del Honorable Concejo Municipal, Registro número G-7-606-2013, autorizado por la Contraloría General de Cuentas de la Nación, en el cual a folios números del 017 al 039, se encuentra el Acta Número 039/2,013, que documenta el contenido de la Sesión celebrada el día diez de Junio del año dos mil trece, la que en su punto resolutivo literalmente dice:

QUINTO: El Honorable Concejo Municipal, CONSIDERANDO: Que en ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República garantiza al municipio, éste elige a sus autoridades y ejerce por medio de ellas, el gobierno y la administración de sus intereses, obtiene y dispone de sus recursos patrimoniales, atiende los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción, su fortalecimiento económico y la emisión de sus ordenanzas y reglamentos. CONSIDERANDO: Que corresponde con exclusividad al honorable Concejo Municipal, el ejercicio del gobierno del municipio, velar por la integridad del patrimonio, garantizar sus intereses en base a sus demandas y necesidades de la población, de igual manera asegura que el vecino (a) contribuya con sus deberes y obligaciones, para que la municipalidad a través del cobro de arbitrios, tasas municipales y otros ingresos, pueda fomentar su economía para la prestación de los servicios públicos municipales. CONSIDERANDO: Que el Concejo Municipal, aprobó las TASAS DE LICENCIAS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, DE SERVICIOS, INDUSTRIALES Y ESPECTÁCULOS, dentro del Municipio de Santa Lucia Utatlán, del Departamento de Sololá, sin embargo, para poder aplicarlas, es imperativo crear el Reglamento correspondiente. POR TANTO: En base a lo considerado, el honorable Concejo Municipal, con las facultades que le confieren los artículos 253, 254, 255 y 260 de la Constitución Política de la República y los artículos 1,2,3,5,7,9,17 incisos d) y l), 33, 35 incisos a), b), d), e), i), n), z), aa), 40,42,67, 68 inciso j), 72,100 incisos d), e), r), s), y 101 del Decreto Legislativo 12-2002 del Congreso de la República (Código Municipal y sus reformas), por unanimidad de votos, ACUERDA: I) Aprobar el siguiente:


REGLAMENTO PARA TASAS DE LICENCIAS PARA EL FUNCIONAMIENTO
DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, DE SERVICIOS, INDUSTRIALES Y ESPECTÁCULOS,
DEL MUNICIPIO DE SANTA LUCÍA UTATLÁN, DEL DEPARTAMENTO DE SOLOLÁ.


CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
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