DECRETO DEL CONGRESO 18-2011
Se ratifica el Decreto Gubernativo 10-2011, por el cual se declara Estado de Calamidad Pública en todo el territorio nacional por treinta días, y se reforma el artículo 4.
DECRETO NÚMERO 18-2011
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que es obligación del Estado y sus autoridades mantener a los habitantes de la Nación en el pleno goce de los derechos que la Constitución Política de la República de Guatemala garantiza; en casos de Estado de Calamidad Pública puede cesar la plena vigencia de algunos derechos, previa declaratoria del Presidente de la República en Consejo de Ministros, calificando la situación particular según su naturaleza y gravedad, de conformidad con la Ley de Orden Público.
CONSIDERANDO:
Que con fecha quince de octubre de dos mil once, el Presidente de la República en Consejo de Ministros, emitió el Decreto Gubernativo Número 10-2011, mediante el cual se declara Estado de Calamidad Pública en todo el territorio nacional por treinta días, a consecuencia del desastre natural provocado por las lluvias que azotan actualmente al país.
CONSIDERANDO:
Que al honorable Congreso de la República le corresponde ratificar el Decreto Gubernativo Número 10-2011, emitido por el Presidente de la República en Consejo de Ministros, emitiendo el instrumento legal que en derecho corresponde.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 138, 139 y 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
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