ACUERDO MINISTERIAL 768
Reestructura el Ciclo de Educación Básica por Madurez y el Ciclo Diversificado de Bachillerato en Ciencias y Letras por Madurez.
*Derogado por el artículo 10 del Acuerdo Ministerial No. 396-2009 de la Ministra de Educación de fecha 02-03-2009.
ACUERDO MINISTERIAL No. 768
Guatemala, 13 de noviembre de 1998.
La Ministra de Educación,
CONSIDERANDO:
Que la Reforma Educativa en los Acuerdos de Paz, establece que la educación debe de contribuir de la mejor manera posible al desarrollo del país y al mejoramiento de la calidad de vida de la población.
CONSIDERANDO:
Que uno de los objetivos de la Reforma Educativa es llevar a cabo cambios e innovaciones de fundamental importancia en la estructura del sistema educativo nacional, que tiendan a favorecer a la población adulta.
CONSIDERANDO:
Que los estudios del Ciclo de Educación Básica por Madurez y los estudios del Ciclo Diversificado de Bachillerato en Ciencias y Letras por Madurez deben propiciar una formación acorde a las exigencias, expectativas y necesidades de la población actual.
CONSIDERANDO:
Que la División de Desarrollo Curricular de SIMAC, realizó la evaluación del Ciclo de Educación Básica por Madurez y del Ciclo Diversificado de la carrera de Bachillerato en Ciencias y Letras por Madurez, y que con base al conocimiento real de la problemática educativa de la población que requiere ese servicio, emite opinión favorable a efecto se rebaje la edad requisito.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que confiere el Artículo 194, inciso a) y f) y71 ambos de la Constitución Política de la República de Guatemala; 8, 10 y 45 de la Ley de Educación Nacional, Decreto número 12-91, del Congreso de la República; 87 del Acuerdo Gubernativo número M. de E. 13-77 y Acuerdo Gubernativo número 545-93 de fecha 06 de octubre de 1,993.
ACUERDA:
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