ACUERDO MINISTERIAL  0228-2003

Normativo para la Aplicación del Mecanismo de Contingente Arancelario de Maíz Amarillo

*Derogado por el artículo 33 del Acuerdo Ministerial No. 222-2005 de los Ministros de Economía; Agricultura, Ganadería y Alimentación; y Finanzas Públicas.

ACUERDO No. 0228-2003

Normativo para la Aplicación del Mecanismo de Contingente Arancelario de Maíz Amarillo

Guatemala, 21 de marzo de 2003

Los Ministros de Economía; Agricultura, Ganadería y Alimentación y Finanzas Públicas.

CONSIDERANDO:

Que es competencia del Organismo Ejecutivo a través de los ministerios de Economía y de Agricultura, Ganadería y Alimentación, garantizar la seguridad alimentaria y el fomento de la producción agropecuaria del país;

POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que les asigna el artículo 27, literal m) del Decreto 114-97 del Congreso de la República, Ley Organismo Ejecutivo,

ACUERDAN:

APROBAR EL PRESENTE NORMATIVO PARA LA APLICACIÓN DEL MECANISMO DE CONTINGENTE ARANCELARIO DE MAIZ AMARILLO

CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
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