CONVENIO  0339

Convención Interamericana sobre Personalidad y Capacidad de Personas Jurídicas en el Derecho.

JORGE ANTONIO SERRANO ELIAS,
Presidente de la República de Guatemala.

POR CUANTO:

El Honorable Congreso de la República, en Decreto número 16-92, emitido el 24 de marzo de 1992, dio su aprobación a la CONVENCION INTERAMERICANA SOBRE PERSONALIDAD Y CAPACIDAD DE PERSONAS JURIDICAS EN EL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO, suscrita en la Paz, Bolivia, el 24 de mayo de 1984,

POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que me confiere el Artículo 183, inciso o) de la Constitución Política de la República de Guatemala, declaro la adhesión de Guatemala a la mencionada Convención y mando que oportunamente se publique en el Diario Oficial.

En fe de lo cual firmo el presente Instrumento de Adhesión, autorizado con el Sello Mayor de la República y refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores, en la ciudad de Guatemala, a los veintinueve días del mes de abril de mil novecientos noventa y dos.



Serrano Elias.

El Ministro de Relaciones Exteriores
Gonzalo Menéndez Park

CONVENCION INTERAMERICANA SOBRE
PERSONALIDAD Y CAPACIDAD DE PERSONAS JURIDICAS EN EL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO.

Los Gobiernos de los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos, deseosos de concertar una convención sobre personalidad y capacidad de personas jurídicas en el Derecho Internacional Privado, han acordado lo siguiente:

 
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