ACUERDO GUBERNATIVO  360-82

Reglamento para la Recaudación, Control y Distribución de los Arbitrios sobre la Extracción de Camarón, Pescado y otras Especies Marítimas que se desembarcan en los puertos de la República.

ACUERDO GUBERNATIVO No. 360-82

Palacio Nacional: Guatemala, 19 de octubre de 1982.

El Presidente de la República,

CONSIDERANDO:

Que las Municipalidades de Tiquisate, La Gomera, Puerto de San José, Iztapa y Nueva Concepción del departamento de Escuintla; Chiquimulilla, Taxisco y Guazacapán del departamento de Santa Rosa; Mazatenango y Santo Domingo Suchitepéquez del departamento de Suchitepéquez; Retalhuleu, San Andrés Villa Seca y Champerico del departamento de Retalhuleu; Ocós del departamento de San Marcos; Moyuta y Pasaco del departamento de Jutiapa; Puerto Barrios y Livingston del departamento de Izabal, con la asesoría del Instituto de Fomento Municipal aprobaron el proyecto de "Reglamento para la recaudación, control y distribución de los arbitrios sobre la extracción de camarón, pescado y otras especies marítimas que se desembarcan en los puertos de la República";

CONSIDERANDO:

Que el sistema de recaudación, el monto, el control y la distribución de los arbitrios municipales establecidas en el Acuerdo Gubernativo de fecha 26 de diciembre de 1962, para la extracción de camarón, pescado y otras especies marítimas, es inadecuado y desfavorable a las finanzas de las respectivas municipalidades, razones por las cuales se hace necesario derogar dicha disposición y en su defecto emitir el Reglamento indicado en el considerando que antecede,

POR TANTO,

En el ejercicio de las facultades que le confieren los Artículos 4o. Y 26 inciso 14) del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por el Decreto Ley Número 36-82,

ACUERDA:

Aprobar el siguiente

REGLAMENTO PARA LA RECAUDACIÓN, CONTROL Y DISTRIBUCIÓN DE LOS
ARBITRIOS SOBRE LA EXTRACCION DE CAMARON, PESCADO Y
OTRAS ESPECIES MARITIMAS QUE SE DESEMBARCAN EN LOS
PUERTOS DE LA REPUBLICA

 
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