DECRETO DEL CONGRESO  75-74

Declara benemérito a los cuerpos de bomberos Voluntarios y Municipales, por los servicios prestados a la Nación.

Se declara Beneméritos a los cuerpos: Voluntario de Bomberos y de Bomberos Municipales

Decreto Número 75-74

El Congreso de la República de Guatemala,

CONSIDERANDO:

Que los cuerpos de Bomberos que operan en Guatemala, con diferente carácter y naturaleza, pero con un loable fin, como lo es el de prestar un servicio extraordinario a todos los sectores sociales, especialmente en aquellos casos en que se producen inminentes riesgos de la vida de los habitantes, de sus bienes y otros valores, lo cual ha sido reconocido por el Pueblo de Guatemala a través de diferentes manifestaciones;

CONSIDERANDO:

Que el Cuerpo Voluntario de Bomberos de Guatemala, cumplirá el 15 de agosto de este año, su XXIII aniversario de fundación, habiendo observado hasta hoy una gran abnegación, a través de una organización que ha permitido realizar una brillante labor en pro de la colectividad; y por otro lado, también debe hacerse un reconocimiento al Cuerpo de Bomberos Municipales, por su labor desarrollada en beneficio de la comunidad,

POR TANTO,

Con fundamento en el inciso 5 del artículo 170 de la Constitución de la República,

DECRETA:

 
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