ACUERDO  38-2002

Se acuerda crear la Secretaría Adjunta de la Corte, con funciones específicas, la cual coadyuvará con las tareas del Secretario General.

ACUERDO NÚMERO 38-2002

LA CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD

CONSIDERANDO:

La Corte de Constitucionalidad tiene la potestad de emitir normas reglamentarias respecto de su propia organización y funcionamiento, las que deberán promulgarse y publicarse en el Diario Oficial;

CONSIDERANDO:

De conformidad con el cúmulo de asuntos que se tramitan en esta institución se hace necesario fortalecer los diferentes departamentos que colaboran con el trámite y resolución de los mismos;

CONSIDERANDO:

El Secretario General es el encargado de asistir a la Corte de Constitucionalidad, con su firma en todos los asuntos en que deban dictarse resoluciones o levantarse actas;

POR TANTO:

La Corte de Constitucionalidad, con base en lo considerado y lo que disponen los artículos 165 y 191 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad,

 
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