ACUERDO MINISTERIAL  39-2021

Se acuerda reformar el Acuerdo Ministerial número 181-2020 del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, de fecha 15 de julio de 2020.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 39-2021

Guatemala, 17 de febrero de 2021


LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que el Estado velará por la salud y la asistencia social de todos los habitantes, desarrollando a través de sus instituciones, acciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes a fin de procurarles el más completo bienestar físico, mental y social. Que cada Ministerio estará a cargo de un Ministro de Estado, quien tendrá la función de ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su Ministerio y dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su ministerio.


CONSIDERANDO:

Que la Ley del Organismo Ejecutivo, establece que, además de las funciones que asigna la Constitución Política de la República y otras leyes, los Ministros tienen la atribución de cumplir y hacer que se cumpla el ordenamiento jurídico en los diversos asuntos de su competencia; dirigir y coordinar la labor de las dependencias y entidades bajo su competencia, así como la administración de los recursos financieros, humanos y físicos bajo su responsabilidad, velando por la eficiencia y la eficacia en el empleo de los mismos y dictar los acuerdos, resoluciones, circulares y otras disposiciones relacionadas con el despacho de los asuntos de su ramo, conforme la ley.


CONSIDERANDO:

Que, para mitigar los efectos causados por la pandemia ocasionada por la Covid-19, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social emitió el Acuerdo Ministerial Número 181-2020, de fecha 15 de julio de 2020, por medio del cual se acordó ejecutar la compra de medicamentos que contiene el "Kit de Medicamentos Covid-19”, para ser brindados por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social a las personas diagnosticadas positivas de Covid-19, el cual se ejecutaba en el contexto del estado de calamidad pública decretado en todo el territorio nacional, y siendo el caso que el estado de calamidad pública ya no se encuentra vigente, pero la pandemia continúa afectando a la población guatemalteca y se declaró la continuidad de la misma por medio del Acuerdo Gubernativo Número 150-2020 del Presidente de la República de Guatemala, resulta necesario, por ser de estricto interés del Estado, emitir el presente instrumento legal que permita continuar brindando los “Kit de Medicamentos Covid-19" a las personas diagnosticadas positivas de Covid-19, toda vez que la pandemia continúa afectando a la población.


POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 93, 94, 95 y 194 literales a), f) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literales a), f) y m) del Decreto Número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo; 9 literal a), 58 y 59 del Decreto Número 90-97, Código de Salud, ambos del Congreso de la República de Guatemala.


ACUERDA:

Reformar el Acuerdo Ministerial Número 181-2020 del Ministerio de Salud
Pública y Asistencia Social, de fecha 15 de julio de 2020

 
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