RESOLUCIÓN  SAT-DSI-988-2020

Disposición administrativa que declara la suspensión del cómputo de los plazos regulados en el Código Aduanero Uniforme Centroamericano y su Reglamento.

*Declarar a partir del 11 de noviembre del 2020 el fin de la interrupción de los plazos según los establecido en la resolución de Superintendencia número SAT-DSI-988-2020 de fecha 6 de noviembre.


RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
NÚMERO SAT-DSI-988-2020


EL SUPERINTENDENTE DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA


CONSIDERANDO:

Que el Presidente de la República, en Consejo de Ministros, decidió declarar Estado de Calamidad Pública, por medio del Decreto Gubernativo número 20-2020, de fecha cinco (5) de noviembre de dos mil veinte (2020), en los departamentos de Petén, Quiché, Alta Verapaz, Izabal, Chiquimula, Zacapa, Jutiapa. El Progreso y Santa Rosa, como consecuencia del Huracán "ETA" convertido en la Depresión Tropical, el cual provocó constantes lluvias, afectando la región de Centroamérica.


CONSIDERANDO:

Que derivado a los daños provocados por la Depresión Tropical ETA a la red vial de la Región Nororiente del país, actualmente impide la locomoción y la realización de actividades normales en el sector público y sector privado, lo que configuran situaciones excepcionales que motivan al Servicio Aduanero ejercitar la facultad establecida en el artículo 642 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano -RECAUCA-, en caso fortuito o de fuerza mayor, los plazos señalados por este Reglamento, quedarán interrumpidos y volverán a correr hasta que haya cesado la causa que originó su interrupción. Dicha interrupción y las causas que la justifiquen deberán ser declaradas por la Autoridad Aduanera competente. La suspensión durará el tiempo en que persista la circunstancia.


POR TANTO:

Con fundamento en lo considerado y lo establecido en los artículos 3 y 6 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA), 639 y 642 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA); 1, 3 literales a), b), d), h) y x), 22 literales a) y b) y 23 literales a), f) y z), del Decreto número 1-98 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria; 25 numerales 1), 6) y 26), Acuerdo de Directorio número 007-2007, Reglamento Interno de la Superintendencia de Administración Tributaria;


RESUELVE:

Emitir la siguiente,

DISPOSICIÓN ADMINISTRATIVA QUE DECLARA LA SUSPENSIÓN DEL
COMPUTO DE LOS PLAZOS REGULADOS EN EL CODIGO ADUANERO
UNIFORME CENTROAMERICANO Y SU REGLAMENTO.

 
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