DECRETO  4-2017

Se prorroga por treinta días más el plazo de vigencia del Estado de Sitio, contenido en el Decreto Gubernativo Número 2-2017 emitido el 10 de mayo de 2017.

*Ratificado por el Acuerdo Número 19-2017 el cual prorroga por 30 días más el plazo de vigencia del Estado de Sitio, en los municipios de Ixchiguán y Tajumulco del departamento de San Marcos


DECRETO GUBERNATIVO NÚMERO 4-2017

Guatemala, 3 de julio de 2017


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que el 10 de mayo de 2017 el Presidente de la República en Consejo de Ministros emitió el Decreto Gubernativo Número 2-2017, ratificado por el Congreso de la República de Guatemala en Acuerdo Número 15-2017 de fecha 15 de mayo de 2017, en el cual se declaró el Estado de Sitio por el plazo de treinta días, en los municipios de Ixchiguán y Tajumulco del departamento de San Marcos de la República de Guatemala, en virtud que se han manifestado una serie de actos que afectan el orden constitucional, la gobernabilidad y la seguridad del Estado, afectando a personas y familias, poniendo en riesgo la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz, el desarrollo integral y patrimonial de los habitantes de esos municipios, plazo que fue prorrogado en el Decreto Gubernativo Número 3-2017, ratificado por el Congreso de la República de Guatemala, mediante Acuerdo Número 17-2017 de fecha 7 de junio de 2017.


CONSIDERANDO

Que a la presente fecha aún persisten las circunstancias que motivaron la emisión del Decreto Gubernativo relacionado en el considerando anterior, se hace necesario prorrogar nuevamente el plazo del Estado de Sitio, por otros treinta días más, con el objeto de restablecer el orden constitucional, la gobernabilidad y la seguridad del Estado.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 1, 2, 3,138,139 y 183 literal f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en lo establecido en los artículos 1,2, 16, 17, 18, 19, 25, 28, 31 y 36 del Decreto Número 7 de la Asamblea Nacional Constituyente, Ley de Orden Público.


EN CONSEJO DE MINISTROS
DECRETA

 
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