ACUERDO MINISTERIAL  210-2017

Se Acuerda Autorizar La Modificación Del Contrato De Autorización Definitiva De Transporte De Energía Eléctrica, Contenido En La Escritura Pública Número 3.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 210-2017

Guatemala, 10 de octubre de 2017


MINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS


ANTECEDENTES:

a) Con fecha 26 de noviembre de 2003, este Ministerio emitió el Acuerdo Ministerial AG-210-2003, a través del cual otorgó a la entidad Duke Energy International Transmisión Guatemala, Limitada, autorización definitiva para prestar el servicio de transporte de electricidad en la línea de 230 Kv, denominada Arizona-San Joaquín, la cual cubre los municipios de Puerto de San José, Managua y Escuintla del departamento de Escuintla. Posteriormente, se suscribió el respectivo Contrato de Autorización de Transporte de Energía Eléctrica, entre la entidad relacionada y este Ministerio, el cual quedó contenido en la Escritura Pública número 3, de fecha 21 de enero de 2004, autorizada en la ciudad de Guatemala, por la Notaria Lorena Barrios Pinzón.

b) Con fecha 24 de octubre de 2012, este Ministerio emitió el Acuerdo Ministerial número 361-2012, a través del cual aprobó la modificación del Contrato antes citado, debido al cambio de denominación social de la entidad Duke Energy International Transmisión Guatemala, Limitida a Duke Energy Guatemala Transco Limitada; dicha modificación quedó contenida en la Escritura Pública número 75, de fecha 3 de diciembre de 2012, autorizada en la ciudad de Guatemala, por la Notaria Lorena Barrios Pinzón.

c) Con fecha 17 de mayo de 2017, la entidad Orazul Energy Guatemala Transco, Limitada (anteriormente denominada Duke Energy Guatemala Transco, Limitada) solicitó la modificación del respectivo Contrato de Autorización Definitiva para Prestar el Servicio de Transporte de Electricidad; debido al cambio de su denominación social.

d) Con fecha 10 de octubre de 2017, este Ministerio emitió la resolución MEM-RESOL-2017-1683, a través del cual declaró procedente la emisión del presente Acuerdo Ministerio, para el efecto de autorizar el cambio de denominación antes indicado.


POR TANTO:

Este Ministerio, con base en la Escritura Pública número 3, de fecha 21 de enero de 2004, autorizada en la ciudad de Guatemala, por la Notaria Lorena Barrios Pinzón, y sus respectivas modificaciones; así como en los artículos 19 de la Ley General de Electricidad; 5 del Reglamento de la Ley General de Electricidad; 22 y 27 literal m) de la Ley del Organismo Ejecutivo; 4 literal h) y 6 literal b) del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas; al resolver:


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