ACUERDO GUBERNATIVO 259-2024
Se acuerda la ampliación al presupuesto general de ingresos y egresos del estado para el ejercicio fiscal 2024.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 259-2024
EJERCICIO FISCAL 2024
Guatemala, 20 de diciembre de 2024
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo estipulado en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible, destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.
CONSIDERANDO:
Que el El Congreso de la República de Guatemala, por medio del Decreto Número 54-2022 Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veintitrés vigente para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticuatro, Artículo 129, reformado a través del Decreto Número 5-2023 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Apoyo Social Temporal a los Consumidores de Gas Propano, artículos 9 y 10, indica que se podrá ampliar el Presupuesto General en vigencia hasta por el saldo pendiente de ejecutar de los recursos extraordinarios de los Consejos Departamentales de Desarrollo aprobados mediante el Decreto Número 16-2021; asimismo faculta al Ministerio de Finanzas Públicas para hacer uso de los saldos de caja de ejercicios fiscales anteriores, así como del capital recuperado de los recursos otorgados para el Fondo de Protección de Capitales y del Fondo de Crédito para Capital de Trabajo para atender las asignaciones incluidas y lo aprobado en dicha ley.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección Financiera del Ministerio de Finanzas Públicas, como administradora de la Entidad Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro solicita autorizar la Distribución Analítica de Ampliación Presupuestaria en la cantidad de CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CUARENTA QUETZALES (Q443,640), financiada con la disminución de caja y bancos de colocaciones internas, para programar asignaciones de transferencias de capital para el Consejo Departamental de Desarrollo de Jalapa. En consecuencia, al tenor de lo preceptuado en el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13, 29 y 29 Bis los montos asignados no obligan a la realización de los gastos y las autoridades superiores de las entidades involucradas, son autorizadores de egresos en cuanto a su presupuesto, por consiguiente quedan responsables de la Distribución Analítica de la Ampliación Presupuestaria propuesta y de la utilización correcta del crédito aprobado con el presente Acuerdo Gubernativo; correspondiendo la fiscalización a la Contraloría General de Cuentas de conformidad a dicho Decreto, Artículo 17.
CONSIDERANDO:
Que es procedente autorizar la Distribución Analítica de la Ampliación al Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobada en el citado Decreto Número 54-2022 vigente para el presente año, Artículo 129; en virtud que, se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 402 del 19 DIC 2024, de la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 346-2024 del 20 DIC, 2024 de Finanzas Públicas.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 183, literales e) y q) y conforme lo que establecen los Decretos del Congreso de la República de Guatemala, Números 54-2022 Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veintitrés vigente para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticuatro, Artículo 129 y 5-2023 Ley de Apoyo Social Temporal a los Consumidores de Gas Propano, artículos 9 y 10.
ACUERDA:
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