ACUERDO GUBERNATIVO  224-2024

Se acuerda aprobar la ampliación al Presupuesto de Ingresos y Egresos del Instituto Nacional de Administración Pública -INAP-, para el Ejercicio Fiscal 2024.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 224-2024

Guatemala, 13 de diciembre de 2024


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo estipulado en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible, destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.


CONSIDERANDO

Que el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a) y el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013 Reglamento de la mencionada Ley, Artículo 44, establecen que cuando se amplíe el presupuesto de las entidades descentralizadas, se realizará por medio de Acuerdo Gubernativo previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas.


CONSIDERANDO

Que el Instituto Nacional de Administración Pública -INAP-, solicita autorización a una ampliación a su Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticuatro, en la cantidad de UN MILLÓN NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO QUETZALES (Q1,987,764), para incorporar recursos provenientes de transferencias corrientes de la Administración Central a través de la Entidad Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro, para financiar diversos compromisos de funcionamiento como dietas, aguinaldo, bono vacacional, remozamientos de bodegas y el área de parqueo, mantenimiento e impermeabilización del edificio que ocupa el INAP, alimentos, servicios de ingeniería, arquitectura, atención, protocolo, productos plásticos, prestaciones laborales, además del aporte a la Contraloría General de Cuentas y sentencias judiciales. En tal sentido, conforme al Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13, 29 y 29 Bis, establece que los montos asignados no obligan a la realización de los gastos y las autoridades superiores del Instituto Nacional de Administración Pública -INAP-, son autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, quedan responsables de la ampliación presupuestaria propuesta y la utilización correcta de los créditos aprobados en el presente Acuerdo Gubernativo, correspondiendo la fiscalización a la Contraloría General de Cuentas de conformidad a dicho Decreto, Artículo 17.


CONSIDERANDO

Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 365 del 11 DIC 2024, de la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 313-2024 deñ 12 DIC. 2024, del Ministerio de Finanzas Públicas.


POR TANTO

En el ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 183, literales e) y q) y con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41 literal a) y lo que establece el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013 Reglamento de la citada ley, Artículo 44.


ACUERDA

 
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