DECRETO DEL CONGRESO  20-2024

Se decreta exonerar del pago del Impuesto al Valor Agregado -IVA-, derechos arancelarios y cualquier otro impuesto a la importación, donaciones y compraventa de bienes que realiza el Departamento de Estado de EE.UU. y entidades de Gobierno.


DECRETO NÚMERO 20-2024


EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que es deber del Estado garantizar a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia y la seguridad y que el mismo se organiza para proteger a la persona y a su familia; instituye además, que la salud de los habitantes de la nación es un bien público y declara de interés social las acciones contra el tráfico ilícito de drogas y demás actividades de criminalidad organizada, las cuales causan distorsiones en la economía, vicios en la gestión pública y deterioran la moral y la justicia social de los pueblos y afectan la estabilidad, la paz y el desarrollo.


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado de Guatemala debe mantener relaciones de amistad, solidaridad y cooperación con otros Estados, con el propósito de encontrar soluciones apropiadas a sus problemas comunes y formular políticas públicas tendientes al progreso de las naciones respectivas; por lo cual se han aceptado, suscrito y ratificado diversos tratados internacionales donde el Estado reconoce la responsabilidad que comparte con otros Estados en la solución del problema de tráfico ilícito de drogas y otros delitos de criminalidad organizada.


CONSIDERANDO:

Que en este espíritu de colaboración, el Estado de Guatemala recibe donaciones del Gobierno de los Estados Unidos de América para coadyuvar a los esfuerzos guatemaltecos en la lucha contra el consumo de drogas, el narcotráfico y otros delitos de criminalidad organizada, realizando donaciones de bienes cuyas importaciones y compraventas están afectas al pago de impuestos y derechos arancelarios; por lo que de conformidad con el artículo 239 de la Constitución Política de la República de Guatemala, corresponde al Congreso de la República decretar impuestos ordinarios y extraordinarios conforme a las necesidades del Estado, de acuerdo con la equidad y la justicia tributaria, así como determinar las bases de su recaudación, incluyendo las exenciones. Que aplicando al caso concreto la justicia y equidad tributaria, y habida cuenta que se trata de una donación para proteger el bien público y realizar acciones de interés social, se justifica la exención de impuestos.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 171 literal a) y 239 literal b) de la Constitución Política de la República de Guatemala,


DECRETA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 1,267 veces.
  • Ficha Técnica: 25 veces.
  • Imagen Digital: 25 veces.
  • Texto: 24 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 5 veces.
  • Formato Word: 4 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu