ACUERDO GUBERNATIVO 170-2023
Se acuerda aceptar a favor del Estado la donación unilateral a título gratuito, de una fracción de terreno, ubicada en El Caserío El Guayabo de la Aldea Sitio de Las Flores, Municipio de Asunción Mita, Departamento de Jutiapa.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 170-2023
Guatemala, 24 de julio de 2023
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, la Ley del Organismo Ejecutivo indica que al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, a través del Expediente No. 2018-3834, opinó de manera favorable respecto a la aceptación de la donación unilateral a título gratuito a favor del Estado y su adscripción al Ministerio de Relaciones Exteriores, que hace el señor Oscar Armando Lémus González, de una fracción de terreno de 245.16 metros cuadrados a desmembrarse de la finca rústica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central bajo el número 9966, folio 466 del libro 20E de Jutiapa, con destino a la Dirección General de Límites y Aguas Internacionales para la construcción del campamento a denominarse "El Guayabo-Güija", ubicado en El Caserío El Guayabo de la Aldea Sitio de Las Flores, Municipio de Asunción Mita, Departamento de Jutiapa; por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala: y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j); y 35 literal m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA
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