ACTA MUNICIPAL 32-2021.4
Reglamento para uso del alcantarillado sanitario y sistema de tratamiento de aguas residuales del Municipio de San José el Rodeo, Departamento de San Marcos.
ACTA NÚMERO 32-2021 PUNTO CUARTO
LA INFRASCRITA SECRETARIA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ EL RODEO, DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS. CERTIFICA: TENER A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL, EN EL QUE APARECE EL ACTA NUMERO TREINTA Y DOS GUION DOS MIL VEINTIUNO QUE EN SU PUNTO CUARTO.
ACTA NÚMERO: 32-2021 (TREINTA Y DOS GUION DOS MIL VEINTIUNO). En el Municipio de San José EL Rodeo, Departamento de San Marcos, cuando son las diecisiete horas con veinte minutos del día LUNES VEINTIOCHO DE JUNIO del año dos mil veintiuno, constituidos en el Despacho Municipal de la Municipalidad de San José El Rodeo, para llevar a cabo la Sesión Pública Extraordinaria, presidida por el Señor Alcalde Municipal Ciudadano Crysthian Ornar Escobar Angel, Alcalde Municipal, Albid Idrail Escobar Socobal, Concejal primero, Claudino Cruz de León Ochoa, Concejal Segundo, Yener Ovidio Orozco Fuentes, Concejal Tercero, Manuel Emilio Hernández Sánchez, Sindico Primero, Luis Eduardo Gómez, Sindico Segundo y Blanca Rosa Pérez López, Secretaria Municipal que CERTIFICA: para dejar constancia de lo siguiente:
CUARTO: APROBACIÓN REGLAMENTO PARA EL USO DEL ALCANTARILLADO SANITARIO Y LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DEL MUNICIPIO DE SAN JOSÉ EL RODEO, DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS. El Concejo Municipal Del Municipio De San José El Rodeo, Departamento De San Marcos. CONSIDERANDO: Que el Artículo 97, Sección Séptima de la Constitución Política de la República de Guatemala establece que "El Estado, las municipalidades y los habitantes del territorio nacional están obligados a propiciar el desarrollo social, económico y tecnológico que prevenga la contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico. Se dictarán todas las normas necesarias para garantizar que la utilización y el aprovechamiento de la fauna, de la flora, de la tierra y del agua, se realicen racionalmente, evitando su depredación. CONSIDERANDO: Que es facultad del Concejo Municipal el establecimiento, planificación, reglamentación, programación, control y evaluación de los servicios públicos municipales, así como las decisiones sobre las modalidades institucionales para su prestación, teniendo siempre en cuenta la preeminencia de los intereses públicos y la emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales; así como también, la convocatoria a los distintos sectores de la sociedad del municipio para la formalización e institucionalización de las políticas públicas y de los planes de desarrollo urbano y rural del municipio, identificando y priorizando las necesidades comunitarias y propuestas de solución a los problemas locales. CONSIDERANDO: La necesidad del alcantarillado sanitario y planta de tratamiento de aguas residuales para el municipio, el que permite la disminución de la contaminación del manto acuífero y el subsuelo, por descargas de aguas residuales crudas. POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Municipal en el Artículo 35 inciso c), e) e i) del Decreto número 12-2002 y el Acuerdo Gubernativo 236-2006 sobre Reglamento de las Descargas y Reuso de Aguas Residuales y de la Disposición de Lodos en los Artículos 1; 2 y 3. ACUERDA: 1°.) Emitir y aprobar el presente; REGLAMENTO PARA USO DEL ALCANTARILLADO SANITARIO Y SISTEMA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DEL MUNICIPIO DE DEL MUNICIPIO DE SAN JOSÉ EL RODEO, DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS, de la siguiente manera:
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
- Buscado: 938 veces.
- Ficha Técnica: 9 veces.
- Imagen Digital: 9 veces.
- Texto: 9 veces.
- Formato PDF: 2 veces.
- Formato Word: 1 veces.