ACUERDO 97-2021
Proceso de empadronamiento a través de medios digitales y la emisión de la constancia de inscripción, reposición y actualización de datos.
ACUERDO NÚMERO 97-2021
TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL
CONSIDERANDO
Que el Tribunal Supremo Electoral, es la máxima autoridad en materia electoral, independiente y por consiguiente no supeditado a organismo alguno del Estado, a quien le corresponde entre otras atribuciones, ejecutar su presupuesto anual, dictar su reglamento interno, así como resolver en definitiva todos los casos de su competencia que no estén regulados por la Ley.
CONSIDERANDO
Que el Tribunal Supremo Electoral promueve la utilización de las Tecnologías de la Información y Comunicación -TICS- cuyo objetivo principal es agilizar los tiempos en la tramitación de los procesos administrativos evitando la burocracia y el atraso en la continuidad de los procesos administrativos.
POR TANTO
El Pleno de Magistrados, con base en lo considerado y con fundamento en los artículos 223 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 121, 125 155, 156, 165, 168, 169, 170, 224, 225 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, 1, 3, 4, 4 Bis, 5, 5 Bis, 6, 6 bis del Reglamento de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, Acuerdos 281-2020 y 4-2021 emitidos por el Pleno de Magistrados del Tribunal Supremo Electoral
ACUERDA
PROCESO DE EMPADRONAMIENTO A TRAVÉS DE MEDIOS DIGITALES Y LA EMISIÓN DE
LA CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN, REPOSICIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS
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