ACUERDO  281-2020

Aprobar la implementación del uso de la firma electrónica interna en el Tribunal Supremo Electoral.


ACUERDO NÚMERO 281-2020


EL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL


CONSIDERANDO

Que el Tribunal Supremo Electoral, es la máxima autoridad en materia electoral, es independiente y por consiguiente no supeditado a organismo alguno del Estado y le corresponde entre otras atribuciones, ejecutar su presupuesto anual, dictar su reglamento interno, así como resolver en definitiva todos los casos de su competencia que no estén regulados por la Ley;


CONSIDERANDO

Que el Congreso de la República de Guatemala promulgó el Decreto 47-2008 "Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas". Dentro del cual consideró: "Que el Estado como responsable del bien común debe mantener, reforzar y aplicar políticas y acciones que permitan una mayor participación en la dinámica y beneficios del desarrollo económico y social libre, la modernización, los procesos económicos sin trabas ni obstáculos, artificiales, así como la inserción del país en las corrientes del progreso mundial de manera sostenible y equitativa";


CONSIDERANDO

Que el Tribunal Supremo Electoral -TICS- cuyo objetivo principal es agilizar los tiempos en la tramitación de los procesos administrativos evitando la burocracia y el atraso en la continuidad de los procesos administrativos;


POR TANTO

El pleno de magistrados, con base en lo considerado y con fundamento en los artículos 223 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 121,125 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos; artículo 1, 2, 5, 7, 8 y 11 de la Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas, Decreto número 47-2008 del Congreso de la República de Guatemala; y 1, 2, 3, 4, 5, 6 7, 8, 9 del Reglamento de la Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y firmas Electrónicas, Acuerdo Gubernativo 135-2009;


ACUERDA:


APROBAR LA IMPLEMENTACIÓN DEL USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA
INTERNA EN EL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL

 
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