ACUERDO MINISTERIAL 335-2020
Se acuerda autorizar al Ministro de Culto Elder Amílcar Lemus Marroquín, para que pueda celebrar matrimonios con efectos civiles.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 335-2020
Guatemala, 27 de octubre de 2020
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN
CONSIDERANDO
Que el ministro de culto ELDER AMILCAR LEMUS MARROQUÍN, solicitó a este Ministerio autorización para celebrar matrimonios con efectos civiles, habiendo cumplido con los requisitos que señala la Ley, como consta en el expediente administrativo correspondiente, por lo que es procedente emitir el presente Acuerdo Ministerial.
CONSIDERANDO
Que sobre la solicitud presentada cuenta con el dictamen favorable de la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio y con el Visto Bueno de la Procuraduría General de la Nación. Así mismo el requirente aprobó por unanimidad la prueba relacionada con la aplicación, interpretación e integración de las normas que regulan la institución del matrimonio civil en Guatemala.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literal f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en los artículos 92 y 101 del Código Civil, Decreto Ley número 106; Acuerdo Gubernativo número 263-85 del Presidente de la República, Reglamento para Autorizar a los Ministros de los Cultos debidamente Registrados, para Celebrar Matrimonios con efectos civiles; y, 4 y 7 numeral 4 del Acuerdo Gubernativo número 635-2007 del Presidente de lo República de fecha 28 de diciembre de 2007, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Gobernación
ACUERDA
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