ACUERDO MINISTERIAL 163-2019
Se Acuerda Declarar En Situación De Emergencia El Sistema Nacional Interconectado.
ACUERDO MINISTERIAL 163-2019
Guatemala, 12 de junio de 2019
EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS,
CONSIDERANDO:
Que al Ministerio de Energía y Minas le corresponde atender lo relativo al régimen jurídico aplicable a la energía, ejerciendo las funciones normativas y de control en materia de energía eléctrica que le asignan las leyes;
CONSIDERANDO:
Que el artículo 17 de Reglamento del Administrador del Mercado Mayorista, establece que previa opinión del Administrador del Mercado Mayorista y de la Comisión Nacional de Energía Eléctrica, las cuales ya fueron emitidas y presentadas al Ministerio de Energía y Minas le asiste la facultad de declarar en Situación de Emergencia el Sistema Nacional Interconectado en caso de necesidad;
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Energía y Minas ha sido informado por el Administrador del Mercado Mayorista y por la Comisión Nacional de Energía Eléctrica de la necesidad de garantizar, por una Falla de Larga Duración en el Sistema Eléctrico Nacional, la seguridad y el suministro de electricidad en el país; habiendo obtenido la opinión favorable de las entidades mencionadas, para que se declare en Situación de Emergencia el Sistema Nacional Interconectado;
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo estipulado en el artículo 12 del Acuerdo Gubernativo número 112-2015, de fecha veintiséis (26) de marzo de dos mil quince (2015) y siendo de interés del Estado la publicación de la declaratoria en Situación de Emergencia el Sistema Nacional Interconectado;
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos: 129, 153, 193, y 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 22 y 27, inciso m) de la Ley del Organismo Ejecutivo; 1 y 3 de la Ley General de Electricidad; 17 y 42 del Reglamento del Administrador del Mercado Mayorista y 4, literales f), g) y h); y 6, literal b) del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas.
ACUERDA:
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