ACUERDO GUBERNATIVO  210-2018

Se Acuerda Aprobar El Presupuesto De Ingresos Del Instituto De Previsión Militar -IPM- Para El Ejercicio Fiscal 2019.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 210-2018

Guatemala, 14 de diciembre de 2018


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.


CONSIDERANDO

Que la Junta Directiva del Instituto de Previsión Militar -IPM-, con base en lo que establece la literal c), Artículo 17, del Decreto Ley Número 75-84, Ley Orgánica del Instituto de Previsión Militar -IPM-, emitió la Resolución Número SJDt-103-2018 contenida en el Acta Número 084-2018 del 06 de julio de 2018, por medio de la cual aprobó el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la referida entidad para el Ejercicio Fiscal dos mil diecinueve, con el propósito de someterlo a consideración y aprobación del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas.


CONSIDERANDO

Que al tenor de lo preceptuado en los artículos 13, 17, 29 y 29 Bis, del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, la asignación no obliga a la realización de los gastos y las Autoridades del Instituto de Previsión Militar (IPM), serán responsables de la ejecución presupuestaria de ingresos y egresos de su Entidad, por lo que, queda bajo su responsabilidad los montos programados y la utilización correcta de los recursos asignados para el Ejercicio Fiscal dos mil diecinueve; correspondiéndole la fiscalización respectiva a la Contraloría General de Cuentas.


CONSIDERANDO

Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 828 del 12 DIC 2018, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, así como la Resolución Número 488 del 13-12-2018 del Ministerio de Finanzas Públicas.


POR TANTO

En ejercicio de la función que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, en el Artículo 183, literal e); y con fundamento en lo que preceptúa el Artículo 40 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y el Artículo 43 del Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley.


ACUERDA

 
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