ACUERDO  224/018

Se Acuerda Conocer Y Autorizar Las Solicitudes De Exoneración Parcial Que Corresponda En Los Pagos Por Concepto De Tarifa De Depósito De Los Vehículos Que Se Encuentran En Resguardo En El Almacén Judicial.


ACUERDO NÚMERO 224/018


CONSIDERANDO

Que de conformidad con la Ley del Organismo Judicial, el Presidente del Organismo Judicial y de la Corte Suprema de Justicia está facultado para emitir acuerdos, circulares, instructivos, y órdenes necesarias para una eficaz administración.


CONSIDERANDO

Que se hace necesario, conforme orden de devolución de bienes emitida por parte de juez competente, regular el porcentaje que en concepto de exoneración se pueda autorizar en relación al pago de depósito por el almacenaje de vehículo en el Almacén Judicial Central y sus delegaciones.


POR TANTO

Con base en lo considerado y en lo que establecen los artículos 203 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 201 y 202 del Código Procesal Penal; 49,52,53 y 55 literales b), j) y o) de la Ley del Organismo Judicial; 1,2 y 3 del Decreto 69-71 del Congreso de la República de Guatemala; Acuerdos 58-73,47-2002 de la Corte Suprema de Justicia y artículo 3 del Acuerdo 2-2011 de la Corte Suprema de Justicia.


ACUERDA

 
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