ACUERDO GUBERNATIVO  234-2017

Se Acuerda Aprobar la Ampliación al Presupuesto de Ingresos del Consejo Nacional para la Protección de la Antigua Guatemala (CNPAG), Correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 234-2017

Guatemala, 27 de octubre de 2017


EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos;


CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, y su Reglamento, establecen que cuando se amplíe el Presupuesto de las Entidades Descentralizadas, se realizará por medio de Acuerdo Gubernativo, previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas;


CONSIDERANDO:

Que el Consejo Nacional para la Protección de La Antigua Guatemala (CNPAG), solicitó autorización para ampliar su Presupuesto de Ingresos y Egresos correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017, con la fuente de financiamiento 11 Ingresos corrientes, como consecuencia de la aprobación del Acuerdo Gubernativo número 11-2017 que permite al Ministerio de Cultura y Deportes transferir el aporte que le corresponde al CNPAG en lo que resta del presente ejercicio fiscal; la cual fue aprobada en el punto 5, inciso 5.1 del Acta número 31-2017 de la sesión celebrada por la Junta Directiva de esa Entidad, el 12 de septiembre de 2017, que tiene como propósito cubrir compromisos salariales con el personal respectivo de la Entidad, diversos gastos operativos y de transferencias corrientes;


CONSIDERANDO:

Que al tenor de lo que preceptúa el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, en sus artículos 13; 29 y 29 Bis, la asignación no obliga a la realización de los gastos y las autoridades del Consejo Nacional para la Protección de La Antigua Guatemala (CNPAG), serán autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que son responsables de la programación y ejecución de la ampliación presupuestaria solicitada y de la correcta utilización de los créditos aprobados en el presente Acuerdo;


CONSIDERANDO:

Que se han cumplido los requisitos legales correspondientes y tomando en cuenta el Dictamen número 541 de fecha 09 OCT 2017, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, y la Resolución número 319 de fecha 25/10/2017, del Ministerio de Finanzas Públicas.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en el Artículo 183, literales e) y q), y con fundamento en lo que preceptúa el Artículo 41, literal a) del Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, así como lo que establece el Artículo 44 del Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley;


ACUERDA:

 
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