ACTA MUNICIPAL  042-2017

Plan de Tasas, Rentas y Multas del Municipio de San Antonio la Paz, El Progreso.

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SAN ANTONIO LA PAZ DEL DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO.


CERTIFICA:

Que tiene a la vista el libro de actas de sesiones públicas ordinarias de la Corporación Municipal número treinta y cinco (35) en donde se encuentra el acta número cero cuarenta dos guion Dos mil diecisiete (042-2017) de fecha nueve de octubre del año dos mil diecisiete, del referido libro la que en su punto cuarto en su parte conducente copiado textualmente establece: CUARTO: El Honorable Concejo Municipal de San Antonio La Paz CONSIDERANDO: Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines, para lo cual emitirán sus reglamentos y ordenanzas respectivas. CONSIDERANDO: Que el artículo 72 del Código Municipal establece que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales, por lo tanto tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, para lo que tiene la facultad de determinar y cobrar tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo a los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios. CONSIDERANDO: Que el Plan de Tasas, Rentas y Multas que actualmente está vigente en el Municipio de San Antonio La Paz, viene del año 1984, contando con más de treinta y tres (33) años, lo cual indica que dichas tasas han quedado obsoletas para el funcionamiento y la prestación de los servicios en la presente fecha. CONSIDERANDO: Que se recibió el oficio del Coordinador Sede Regional Zacapa de la Dirección de Asistencia a la Administración Financiera Municipal del Ministerio de Finanzas Publicas, en el que manifiesta que realizará una presentación sobre la herramienta Servicios GL, herramienta debe ser aprobada e implementada por la Administración Municipal para la prestación de los servicios públicos en estos meses, y para lo cual es de vital importancia contar con la base legal correspondiente. POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253,254 y 255 de la Constitución Política de la República; 3, 33, 35, 68, 72, 100 y 101 del Código Municipal, el Concejo Municipal por unanimidad:


ACUERDA:

Aprobar el siguiente:


PLAN DE TASAS, RENTAS Y MULTAS DEL MUNICIPIO DE SAN ANTONIO LA PAZ, EL PROGRESO.


TÍTULO I.
CAPÍTULO ÚNICO.
OBJETO, DE LAS TASAS, RENTAS Y MULTAS.

 
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