ACTA MUNICIPAL  04-2016.2

REGLAMENTO DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS Y DESECHOS SÓLIDOS DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO SACATEPÉQUEZ.

LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO SACATEPÉQUEZ, DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ: CERTIFICA: QUE PARA EL EFECTO TUVO A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS AUTORIZADO POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS, DE SESIONES EXTRAORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL, DONDE APARECE EL PUNTO SEGUNDO DEL ACTA CERO CUATRO GUIÓN DOS MIL DIECISÉIS, CELEBRADA EL DOS DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, LA QUE COPIADA LITERALMENTE SE LEE:

SEGUNDO: El honorable Concejo Municipal de Santiago Sacatepéquez, Departamento de Sacatepéquez,


CONSIDERANDO:

Que el Estado y las municipalidades están obligados a propiciar el desarrollo social, económico y tecnológico que prevenga la contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico, fomentando la participación efectiva, voluntaria y organizada de sus habitantes. Que en el marco de los criterios y principios internacionales, Guatemala ha reconocido el principio de que la finalidad del desarrollo sostenible es mejorar y garantizar la calidad de vida humana.


CONSIDERANDO:

Que el manejo y recolección de los residuos y desechos sólidos municipales, son servicios de carácter público que compete exclusivamente a las municipalidades, cuyo propósito es la recolección y manejo ordenado de los residuos y desechos sólidos, así como el transporte hacia los lugares definidos específicamente por la municipalidad y el tratamiento de conformidad con las normas específicas.


CONSIDERANDO:

Que corresponde a la corporación municipal la deliberación y decisión del gobierno y administración del municipio y dentro de sus funciones está la de emitir ordenanzas y reglamentos que establezcan y regulen la prestación de los servicios públicos a su cargo.


CONSIDERANDO:

Que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales de su circunscripción territorial y, por lo tanto, tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo y, en su caso, la determinación y cobro de tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios.


POR TANTO:

Con fundamento en lo considerado y que para el efecto preceptúan los Artículos 39, 97, 253, 255, 259 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 2, 3, 4,5, 6, 7, 9, 11,17, 22, 23, 33, 35, 42, 67, 68, 72, 73, 74, 78, 79, 90, 100, 101,105, 142,150, 151,161,162, 165 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala; 1,4, 5,6,11 y 16 de la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente, Decreto número 68-86 del Congreso de la República, por unanimidad.


ACUERDA:


EMITIR EL SIGUIENTE:


REGLAMENTO DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS Y DESECHOS SÓLIDOS DEL MUNICIPIO
DE SANTIAGO SACATEPÉQUEZ


CAPITULO I
ÁMBITO DE LA APLICACIÓN Y COMPETENCIAS

 
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