ACUERDO MINISTERIAL  165-2016

Se reforma el articulo 2 el acuerdo ministerial 118-2016 emitido por el ministerio de agricultura.


ACUERDO MINISTERIAL No. 165-2016

Edificio Monja Blanca: Guatemala, 25 de agosto de 2016


EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN


CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en su calidad de ente rector de la política, la normativa y la planificación de la ordenación del sector pesquero y acuícola, mediante Acuerdo Ministerial número 118-2016, de fecha 16 de junio de 2016, estableció época de veda espacio temporal para prohibir la captura de todas las especies de moluscos, crustáceos y peces, en la laguna Santa Isabel y en los polígonos denominados Mono Rojo y Bajo La Graciosa, dentro del Refugio de Vida Silvestre Punta de Manabique (RVSPM).


CONSIDERANDO:

Que en el artículo 2 del Acuerdo Ministerial 118-2016, se plasmaron erróneamente las coordenadas de ubicación del polígono 2, correspondiente al Bajo La Graciosa, por lo que es de estricto interés general modificar las referidas coordenadas a efecto de que coincidan con el mapa contenido en la medida de ordenación ya establecida.


POR TANTO:

En ejercicio de las facultades que le confieren los artículos: 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literal m) y 29 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, 7 del Reglamento Orgánico del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubernativo número 338-2010 del Presidente de la República de Guatemala, 78 y 79 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, Decreto número 80-2002 del Congreso de la República de Guatemala y 97 del Reglamento de la Ley General de Pesca y Acuicultura, Acuerdo Gubernativo 223-2005 del Presidente de la República de Guatemala.


ACUERDA:

 
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