PUBLICACIONES VARIAS  04-07-2016

REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y PRESTACIÓN DEL SERVICIO MUNICIPAL DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO DE TAXISCO DEPARTAMENTO DE SANTA ROSA.


EL CONCEJO MUNICIPAL DE TAXISCO, DEPARTAMENTO DE SANTA ROSA:


CONSIDERANDO:

Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, en su parte conducente, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios; para los efectos correspondientes emitirá las ordenanzas y reglamentos respectivos.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 72 del Código Municipal establece que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales de su circunscripción territorial y, por lo tanto, tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo y, en su caso, la determinación y cobro de tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios.


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala y el Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República y sus reformas, se establece que el Gobierno Municipal corresponde al Concejo Municipal, el cual está facultado para emitir sus acuerdos, reglamentos y ordenanzas.


CONSIDERANDO:

Que la presente administración municipal en aras de realizar una gestión municipal basada en la prestación de los servicios públicos, los principios de eficacia y eficiencia, y no obstante, que en el Municipio de Taxisco, departamento de Santa Rosa, se presta el servicio público municipal de abastecimiento de agua potable y alcantarillado, es necesario emitir un reglamento que lo regule, estableciendo normas claras sobre su administración, uso y los derechos y deberes de la Municipalidad y los vecinos al respecto.


POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; artículos 35 incisos a), e), i). 42, 68 inciso a) y 72 del Código Municipal, Decreto número 12-2002, del Congreso de la República y sus reformas; 102 del Código de Salud, Decreto número 90-97 del Congreso de la República.


ACUERDA:

Emitir el siguiente:


REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y PRESTACIÓN DEL SERVICIO
MUNICIPAL DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL
MUNICIPIO DE TAXISCO DEPARTAMENTO DE SANTA ROSA.


TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES


CAPITULO I
MARCO GENERAL

 
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