ACUERDO CNA-CD-021-2014
Presupuesto de ingresos y egresos del concejo nacional de adopciones para el ejercicio fiscal 2015.
ACUERDO NÚMERO CNA-CD-021-2014
Guatemala, 17 de diciembre de 2014
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL CONSEJO NACIONAL DE ADOPCIONES
CONSIDERANDO
Que mediante Decreto Número 77-2007 del Congreso de la República de Guatemala, se creó el Consejo Nacional de Adopciones -CNA-, como una Entidad Autónoma de derecho público, con personalidad Jurídica, patrimonio propio y plena capacidad para contraer obligaciones, correspondiéndole a su Consejo Directivo aprobar el Presupuesto de ingresos y Egresos de la institución.
CONSIDERANDO
Que con base en el Decreto Número 22-201-4 del Congreso de la República de Guatemala, publicado en el Diario de Centro América el día 04 de diciembre de 2014, LEY DE IMPLEMENTACIÓN DE MEDIDAS FISCALES. APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015 Y APROBACION DE FINANCIAMIENTO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014, se estableció un aporte de ONCE MILLONES DE QUETZALES (Q 11 ,000,000.00) para el funcionamiento del Consejo Nacional de Adopciones.
CONSIDERANDO
Que al hacer las estimaciones respectivas, se estableció que el Consejo Nacional de Adopciones, tendrá un saldo de caja de UN MILLON SEISCIENTOS SESENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS QUETZALES (Q 1,663,200.00) los cuales la cantidad de UN MILLON SEISCIENTOS TRES MIL SETECIENTOS QUETZALES (Q 1,603,700.00), son provenientes de los recursos transferidos por el Ministerio de Finanzas Públicas, por medio de obligaciones del Estado. La cantidad de CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO QUETZALES (Q 53,455.00), provenientes del saldo de caja de los intereses bancarios generados durante el ejercicio fiscal 2014 y la cantidad de SEIS MIL CUARENTA Y CINCO QUETZALES (Q 6,045.00) provenientes del arancel de tos procesos excepcionales de adopción internacional.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 17, 18 y 19 del Decreto Número 77-2007 del Congreso de la República. Ley de Adopciones y el artículo 11, literal a) del Acuerdo Gubernativo Número 182-2010 Reglamento de la Ley de Adopciones.
ACUERDA:
APROBAR:
EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS
DEL CONSEJO NACIONAL DE ADOPCIONES,
PARA EL EJERCICIO FISCAL. 2015.
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