ACTA MUNICIPAL 47-2014.5
Se convalida la delegación de la competencia de la administración de tránsito a la Municipalidad de Morales, Departamento de Izabal
ACTA No. 47-2014 PUNTO QUINTO
El infrascrito Secretario Municipal del Municipio de Morales, del departamento de Izabal,
CERTIFICA: Que en el sistema de Hojas Movibles registro QI8-3421 autorizadas por la Contraloría de Cuentas para sesiones del Concejo, se encuentra el acta No. 47- 2014, de fecha 18 de Noviembre de 2014, en donde se encuentra el punto QUINTO, el que copiado literalmente dice:
PUNTO RESOLUTIVO QUINTO: El Concejo Municipal del Municipio de Morales, del departamento de Izabal, CONSIDERANDO: Que la municipalidad de Morales, departamento de Izabal, desde el año dos mil once con el objeto de regularizar el tránsito vehicular que circula en el municipio, ha venido gestionando ante el Ministerio de Gobernación, la herramienta legal para poder trasladar a la Municipalidad, la competencia de la administración del tránsito en el municipio. CONSIDERANDO: Que en aras de obtener la competencia administrativa, esta municipalidad cumplió con los requisitos y previos que el Departamento de Transito De la Dirección General de la Policía Nacional Civil, impuso a la municipalidad de Morales, departamento de Izabal, con el objeto de que estos fueron resueltos de conformidad con la ley de Tránsito y su Reglamento, CONSIDERANDO: Que con fecha cinco de Noviembre de dos mil catorce, el Organismo Ejecutivo, a través del Acuerdo Gubernativo número 396-2014, acordó trasladar a la municipalidad de Morales, departamento de Izabal, la competencia de la administración de transito única y exclusivamente dentro de su jurisdicción, disposición legal que la municipalidad acepta, así como su compromiso de cumplir con lo estipulado en la resolución número 0001723 de fecha cuatro de septiembre de dos mil catorce y los compromisos adquiridos en el convenio numero veinte guión dos mil catorce, de fecha dieciséis de Junio de dos mil catorce. CONSIDERANDO: Que el Acuerdo Gubernativo anteriormente indicado, se constituye en una herramienta valiosa por medio del cual la municipalidad de conformidad con la ley, podrá organizar, regular, ordenar y administrar el tránsito vehicular que opera en el municipio, teniendo como valor agregado la armonía, la paz social y el bienestar que generará en los habitantes del municipio la disposición legal referida. POR TANTO: De conformidad con los considerando anteriormente anunciados, y a lo que regulan los articulos 2, 3, 6, inciso b) 9,35 g), del Decreto 12-2002, del Congreso de la República, y 8 de la Ley de Tránsito, Decreto 32-96, del Congreso de la República, y lo dispuesto en el artículo 3 del Acuerdo Gubernativo 396-2014, emitido por el organismo ejecutivo, al resolver por unanimidad ACUERDA:
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