ACUERDO MINISTERIAL 379-2014
Se aprueba el decremento de Q. 0.05 como ajuste de precio por concepto de fluctuación, siendo el nuevo precio Q. 79.95 para los productos medias antiembolicas de compresión graduada.
ACUERDO MINISTERIAL No. 379-2014
Guatemala, 08 de agosto de 2014
MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS
CONSIDERANDO
Que la entidad proveedora
SERVICIOS QUIRÚRGICOS, SOCIEDAD ANÓNIMA,
adjudicada dentro del Concurso Nacional de Oferta de Precios DNCAE número cero dos guión dos mil doce (DNCAE No.02-2012) para la adquisición de Material médico quirúrgico menor (Dispositivos médicos) Paquete tres, presentó solicitud de fluctuación de precios en menos para los productos identificados con los códigos 295-39-210, 295-39-220 y 295-39-230, consistentes en Medias antiembólicas de compresión graduada: tobillo 18 cateter, pantorrilla 14 Cateter, muslo 10 MMHG y rodilla 8 MMHG, tallas pequeñas, medianas y grandes, respectivamente, adjudicadas a ochenta Quetzales exactos (Q. 80.00) y solicita se le autorice venderlas a setenta y nueve Quetzales con noventa y cinco centavos (Q. 79.95), representando un decremento de cero punto, cero cinco centavos de quetzal (Q. 0.05) equivalentes a un deccemento en el precio de cero punto, cero seiscientos veinticinco por ciento ( Q.0.0625%)
CONSIDERANDO
Que las entidades requirentes del referido concurso, por medio de las Autoridades Administrativas Superiores del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social y el Centro Médico Militar, manifestaron por escrito en forma expresa, su anuencia y autorización del decremento de cero punto cero cinco centavos de quetzal (Q. 0.05), sobre la base de los precios de los productos que nos ocupan.
POR TANTO
En uso de las funciones que le confiere el articulo 46 bis , literal i y lo establecido en los artículos 7 y 61 del Decreto número 57-92, "Ley de Contrataciones del Estado", así como lo preceptuado en el artículo 27, literal m) del Decreto número 114-97, "Ley del Organismo Ejecutivo", ambos Decretos del Congreso de la República de Guatemala; artículos 3, numeral 2 del Acuerdo Gubernativo número 1056-92, "Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado" y lo estipulado en los numerales 2.2.4, 2.2.5, 2.2.6 y 2.2.7 de las Bases que rigen el Concurso Nacional de Oferta de Precios DNCAE número cero dos guión dos mil doce (DNCAE No. 02-2012).
ACUERDA
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