ACUERDO GUBERNATIVO  451-2013

Se acuerda adscribir una fracción de terreno que forma parte de una finca rustica ubicada en el municipio de Nuevo San Carlos, departamento, Retalhuleu a favor del Organismo Judicial.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 451-2013

Guatemala, 19 de noviembre de 2013


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.


CONSIDERANDO

Que la Dirección de Bienes del Estado a través del expediente 2013-14918 (Ref. O-462-2012), opinó de manera favorable la adscripción a favor del Organismo Judicial, de la finca rústica inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad, bajo el número 1465. folio 465 del libro 43E de Retalhuleu, propiedad del Estado, para la construcción y funcionamiento del Juzgado de Paz del municipio de Nuevo San Carlos, departamento de Retalhuleu; por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia, la publicación deberá de efectuarse sin costo alguno.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j); y 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA

 
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