ACUERDO MINISTERIAL  257-2012

Se acuerda aprobar la modificación del Contrato de Autorización Definitiva de Transporte de Energía Eléctrica, otorgado en Escritura Pública número tres del veintiuno de enero de dos mil cuatro.

*Derogado por el Acuerdo Ministerial 361-2012, emitido el 24 de octubre de 2012


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 257-2012

Guatemala, 14 de agosto de 2012


EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS

CONSIDERANDO:

Que el veintiuno de enero de dos mil cuatro, fue suscrito entre el Ministro de Energía y Minas, a través del Ingeniero ROBERTO GONZÁLEZ DÍAZ-DURAN y la entidad DUKE ENERGY INTERNATIONAL TRANSMISIÓN GUATEMALA LIMITADA, representada por el Presidente de la Junta Directiva, señor JOSEPH NAPOLl (no usa otro apellido), el Contrato de Autorización Definitiva de Transporte de Energía Eléctrica, autorizado en la Ciudad de Guatemala, por la Notaria LORENA BARRIOS PINZÓN.


CONSIDERANDO:

Que la entidad DUKE ENERGY GUATEMALA TRANSCO LIMITADA, anteriormente DUKE ENERGY INTERNATIONAL TRANSMISIÓN GUATEMALA LIMITADA, a través de su Presidente de la Junta Directiva y Representante Legal, señor Hugo Ernesto Ferrer (único apellido), solicita la modificación del Contrato de Autorización Definitiva de Transporte de Energía Eléctrica, para hacer constar el cambio de denominación de su representada.



CONSIDERANDO:

Que la Dirección General Energía, dependencia de este Ministerio, a través de providencia número DGE-269-2012 del veintiuno de marzo de dos mil doce, manifiesta que aprueba técnicamente la modificación del Contrato en referencia, asimismo, la Unidad de Asesoría Jurídica, órgano de apoyo técnico de este Ministerio, mediante dictamen número 423-VII-2012 del 18 de julio de 2012, aprobado por la Procuraduría General de la Nación, mediante Visto Bueno número 3640-2012 del 23 de julio de 2012, manifiesta que es procedente se autorice la Modificación del Contrato relacionado.


POR TANTO:

Este Ministerio, con base a lo considerado y fundamento en lo establecido en los artículos 13 de la Ley General de Electricidad; 16 18 y 19 del Acuerdo Ministerial número 110-2002 del Ministerio de Energía y Minas; 22 y 27 literal m) de la Ley del Organismo Ejecutivo; 4 literal h) y 6 literal b) del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas; y el Acuerdo Ministerial número 248-2012 del 02 de agosto de 2012 de este Ministerio.


ACUERDA:

 
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