ACUERDO GUBERNATIVO  20-04-1971

EMITE LAS DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS PARA FACILITAR EL PAGO DE LAS ASIGNACIONES, PENSIONES Y DEMÁS PRESTACIONES A CARGO DEL ESTADO EN CASO DE FALLECIMIENTO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS.

Disposiciones Reglamentarias para facilitar el pago de las asignaciones, pensiones y demás prestaciones a cargo del Estado en caso de fallecimiento de los servicios públicos.

Palacio Nacional: Guatemala, 20 de abril de 1971.

El Presidente de la República,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2º. del Decreto 10-71 del Congreso de la República, es necesario emitir las disposiciones reglamentarias para facilitar el pago de las asignaciones, pensiones y demás prestaciones a cargo del Estado en caso de fallecimiento de los servidores públicos o de las personas que se encuentren disfrutando de pensión; así como para la inmediata devolución de los excesos en las retenciones hechas a los obligados al Impuesto sobre la Renta, cuando tales excesos no pasen de cincuenta quetzales y las personas afectas hayan fallecido,

POR TANTO,

En uso de las facultades que le confiere el inciso 4º. del artículo 189 de la Constitución de la República y con base en lo dispuesto en el Decreto citado,

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