ACTA MUNICIPAL 133-2010
Reglamento Interno para el Juzgado de Asuntos Municipales de la Municipalidad de Santa Ana Departamento de Petén
ACTA 133-2010
LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SANTA ANA, DEPARTAMENTO DE PETEN,
CERTIFICA: Haber tenido a la vista el Libro de Actas de Sesiones del Concejo Municipal del Municipio de Santa Ana, Departamento de Petén No. 080-2010, autorizado por Contraloría General de Cuentas, en donde se encuentra el Acta No. 0133-2010, de Sesión Publica Extraordinaria de fecha viernes cinco de noviembre del año dos mil diez, en donde aparece la que copiada en su punto conducente dice:
ACTA 133-2010
Sesión Extraordinaria celebrada por el Honorable Concejo Municipal del Municipio de Santa Ana, Departamento de Petén; siendo las diecisiete horas en punto del día viernes cinco de noviembre del año dos mil diez; reunidos en el Despacho Municipal las siguientes personas: Profesor de Enseñanza Media, Leonidas Antonio Sandoval Felipe, Alcalde Municipal; asistido de Sindico Municipal Primero; señor; Daniel Vásquez López; Concejales Municipales del Primero al Cuarto, señores: Andrés Prera Dubón, Julián Garcia Soto, Javier López Torres, Mario Antonio Lima Morales, y Mirna Ofelia Ozaeta Cano, Secretaria Municipal, quien suscribe para dejar constancia de lo siguiente:
PRIMERO: El Alcalde Municipal declara abierta la Sesión, agradeciendo la presencia de los Miembros del Concejo Municipal, informándoles que se les convoco a Sesión Extraordinaria Urgente a petición del profesor Andrés Prera Dubón Concejal Primero Municipal y responsable de la Comisión de Finanzas de esta Municipalidad, para conocer, el Proyecto de Reglamento Interno para el Juzgado de Asuntos Municipales. El concejo, previa deliberación, ACUERDA: Aprobar el Reglamento para el Juzgado de Asuntos Municipales, el cual queda de la siguiente manera:
REGLAMENTO INTERNO PARA EL JUZGADO DE ASUNTOS MUNICIPALES MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA DEL DEPARTAMENTO DE PETEN
I. DE LA COMPETENCIA.
- Buscado: 937 veces.
- Ficha Técnica: 8 veces.
- Imagen Digital: 8 veces.
- Texto: 3 veces.
- Formato PDF: 1 veces.
- Formato Word: 1 veces.