ACTA MUNICIPAL 28-2010
Se acuerda emitir el Reglamento para la apertura de establecimientos abiertos al público del municipio de Barberena, Departamento de Santa Rosa.
El Concejo Municipal del municipio de Barberena, del Departamento de Santa Rosa:
CONSIDERANDO:
Que el Código Municipal en su Artículo 35, reformado por el Artículo 7 del Decreto Legislativo 22-2010 en su literal i) regula como atribución general del Concejo Municipal; la emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales. Así mismo el literal z) regula también como atribución general del Concejo Municipal; emitir el dictamen favorable para la autorización de establecimientos que por su naturaleza estén abiertos al público, sin el cual ninguna autoridad podrá emitirla licencia respectiva.
CONSIDERANDO
Que el Decreto Legislativo número 56-95 del Congreso de la República de Guatemala faculta a las municipalidades de la república para que de conformidad con los reglamentos que emitan, puedan delimitar el área o áreas que dentro del perímetro de sus poblaciones puedan ser autorizadas para su funcionamiento, los diferentes establecimientos abiertos al público, previo cumplimiento de todos los requisitos y normas legales vigentes.
CONSIDERANDO:
Que debido al desarrollo comercial alcanzado en el municipio, se hace necesario el ordenamiento y clasificación de cada uno de los negocios existentes acorde a la función que desarrollan, impacto de los mismos en la población e infraestructura acorde a su funcionamiento.
POR TANTO:
Con base a lo considerado y leyes citadas, este Concejo Municipal:
ACUERDA
Emitir el siguiente reglamento para la apertura de establecimientos abiertos al público del municipio de Barberena, del Departamento de Santa Rosa.
CAPITULO I
GENERALIDADES
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