ACUERDO GUBERNATIVO  72-2010

Acuerda aceptar la donación que a título gratuito, hace la municipalidad de Cabañas, departamento de Zacapa y aprobar las diligencias de inscripción a posesión a favor del Estado de Guatemala.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 72-2010

Guatemala, 25 de febrero del 2010


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que el Decreto Ley Número 141-85 del Jefe de Estado, dispone que el Estado y sus entidades descentralizadas o autónomas que adquieran bienes inmuebles que carezcan de inscripción en el Registro de la Propiedad, podrán registrar la posesión de los mismos siguiendo el procedimiento previsto en dicha Ley; que concluido el trámite se emitirá el Acuerdo Gubernativo por el que se autorice llevar a cabo la negociación. Y el Acuerdo Gubernativo Número 394-2008, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Finanzas Públicas, dispone que son atribuciones de la Dirección de Bienes del Estado, analizar, opinar y gestionar sobre adscripción de bienes inmuebles que constituyen el patrimonio del Estado, así como las donaciones a favor del mismo.


CONSIDERANDO

Que la Dirección de Bienes del Estado a través del expediente M-906-2001, opinó de manera favorable sobre la donación a título gratuito a favor del Estado de Guatemala y su adscripción al Ministerio de Gobernación, que hiciera el Concejo Municipal de Cabañas, departamento de Zacapa, mediante el acta número 85-99 de fecha 16 de junto de 1999 y el punto segundo del acta número 50-2000 de fecha 26 de diciembre de 2000, de los derechos de posesión de un lote de terreno con un área de 1,089.00 metros cuadrados, con destino a la construcción del edificio de la Subestación de la Policía Nacional Civil del mencionado Municipio, asimismo, se cumplió con el procedimiento señalado en el Decreto Ley número 141-85 del Jefe de Estado, en consecuencia, resulta conveniente emitir la disposición legal correspondiente.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en el artículo 2 literal c) del Decreto Ley Número 141-85 del Jefe de Estado;


ACUERDA

 
...
Consultas:
  • Buscado: 5,938 veces.
  • Ficha Técnica: 7 veces.
  • Imagen Digital: 7 veces.
  • Texto: 7 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 0 veces.
  • Formato Word: 2 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu