ACTA MUNICIPAL  32-2009.8

Reglamento del servicio de transporte colectivo de taxis, mototaxis y microbuses del Municipio de Palencia, Departamento de Guatemala.

*Derogado por el artículo 46 del Acta Municipal 25-2022.16

*Derogado por el artículo 40, del Acta Municipal 075-2023.6


ACTA NÚMERO 32-2009


La Infrascrita Secretaria Municipal de Palencia, Municipio del Departamento de Guatemala.


CERTIFICA:-

Que para el efecto tiene a la vista el libro de Actas de Sesiones Municipales, en el que a folios del 319 al 336 aparece inscrita la que copiada en sus puntos conducentes dice:

ACTA NÚMERO 32-2009:- Sesión Pública Ordinaria celebrada por la Honorable Corporación Municipal de Patencia, Departamento de Guatemala, a doce de agosto del año dos mil nueve. Presidida por el señor Alcalde Municipal Guadalupe Alberto Reyes Aguilar, contándose con la asistencia de los Síndicos Municipales Primero y Segundo Señores: David Garrido Montenegro y Mateo Fernando Pineda Paz; Concejales del Primero al Quinto en su orden; Tobías de Jesús Gómez Alvizures, Lázaro de Jesús Girón Huertas, Ramiro Tercero Aquino, Marco Tulio Alvizures Reyes, José Cruz Escobar Franco, así también la Secretaria Municipal María Cristina Mijangos Jolón. Siendo las diecisiete horas con diez minutos se procedió como sigue:

OCTAVO: REGLAMENTO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE COLECTIVO DE TAXIS, MOTOTAXIS Y MICROBUSES DEL MUNICIPIO DE PALENCIA, DEPARTAMENTO DE GUATEMALA.


CONSIDERANDO:

Que el municipio, en ejercicio de la autonomía constitucional, atiende los servicios públicos locales de su jurisdicción y debe de emitir sus ordenanzas y reglamentos.


CONSIDERANDO:

Que al Concejo Municipal le compete establecer, planificar, reglamentar, programar, controlar y evaluar el transporte colectivo, así como decidir sobre las modalidades institucionales para la prestación de este servicio, observando la preeminencia de los intereses públicos.


POR TANTO:

Con fundamento en lo considerado, en el ejercicio de las funciones que le confiere los artículos 253, 254, 260 de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos 2, 3, 33, 34, 35, 67, 68, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 100 del Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y 1 del Decreto 132-96 del Congreso de la República de Guatemala.


ACUERDA:

Emitir el siguiente


Reglamento del Servicio de Transporte Colectivo de Taxis, Mototaxis y
Microbuses del municipio de Palencia, departamento de Guatemala.


CAPITULO I.
DISPOSICIONES GENERALES.

 
...
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