ACUERDO GUBERNATIVO 146-2009
Se acuerda aprobar las medidas efectuadas en el terreno baldío denominado "GUADALUPE RUBEL INUP", ubicado en jurisdicción municipal de Chahal, Departamento de Alta Verapaz.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 146-2009
Guatemala, 1 de junio del 2009
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la Ley de Transformación Agraria, los terrenos baldíos una vez localizados y medidos deben ser inscritos a favor del Estado, con el objeto de que puedan ser destinados al establecimiento de Zonas de Desarrollo Agrario o lotificaciones rusticas para proporcionar tierra a los campesinos y campesinas que carecen de ella como lo determina la Constitución Política de la República de Guatemala.
CONSIDERANDO:
Que habiéndose efectuado los trabajos de medida legal del terreno baldío denominado "GUADALUPE RUBEL INUP", ubicado en jurisdicción municipal de Chahal, Departamento de Alta Verapaz, por el Ingeniero Agrónomo Oscar Oswaldo Hernández Díaz, con número de colegiado mil ochocientos veintinueve (1,829) y como consta en el respectivo expediente que las operaciones topográficas se encuentran ajustadas a la ley según dictamen número FT-ATR-147-2004 emitido por el Coordinador del Área Técnica del Fondo de Tierras de la Subgerencia de Regularización del Fondo de Tierras, Ingeniero Agrónomo Danilo Augusto Colindres Lima, el quince de noviembre de dos mil cuatro, es procedente emitir la disposición legal aprobando dichas diligencias.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confiere el articulo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con base en el artículo 161 del Decreto número 1551 del Congreso de la República de Guatemala.
ACUERDA:
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