EXPEDIENTE 1963-2009
Se Decreta la Suspensión Provisional de la Resolución administrativa número UNR- cero rece – cero cinco – dos mil nueve, de fecha veintidós de mayo de dos mil nueve.
EXPEDIENTE 1963-2009
Of. 8º. Secretaría.
ASUNTO: INCONSTITUCIONALIDAD GENERAL TOTAL.
SOLICITANTE: EDGAR STUARDO RALÓN ORELLANA.
NORMA IMPUGNADA: RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA NÚMERO UNR -CERO TRECE - CERO CINCO - DOS MIL NUEVE, DE FECHA VEINTIDÓS DE MAYO DE DOS MIL NUEVE, EMITIDA POR LA UNIDAD DE NORMAS Y REGULACIONES DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN.
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, cuatro de junio de dos mil nueve.
Se tiene a la vista para resolver, la acción de Inconstitucionalidad General Total que Edgar Stuardo Ralón Orellana, planteó contra la resolución administrativa número UNR - cero trece - cero cinco - dos mil nueve, de fecha veintidós de mayo de dos mil nueve, emitida por la Unidad de Normas y Regulaciones del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación.
CONSIDERANDO
El articulo 138 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad establece: "...la Corte de Constitucionalidad deberá decretar, de oficio y sin formar artículo, dentro de los ocho días siguientes a la interposición, la suspensión provisional de la ley, reglamento o disposición de carácter general si, a su juicio, la inconstitucionalidad fuere notoria y susceptible de causar gravámenes irreparables.. "
En el presente caso, esta Corte estima que concurren los supuestos que prevé la norma legal precitada, razón por la cual, se decreta la suspensión provisional de la disposición impugnada tal como se indica en la parte resolutiva del presente auto.
CITA DE LEYES
Artículo citado, y 139 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad.
POR TANTO
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