ACTA MUNICIPAL  2-2009.5

Se acuerda modificar el Reglamento del Servicio de Agua Potable de la Municipalidad de Villa de Quetzaltepeque, Acta 39-2004.2.


ACTA NÚMERO 2-2009 PUNTO QUINTO


EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA VILLA DE QUEZALTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CHIQUIMULA,


CERTIFICA:

Tener a la vista para el efecto el libro de actas No. 56 del Concejo Municipal, en el cual aparece el acta numero 2-2009 de fecha cuatro de febrero del dos mil nueve, donde aparece el punto 5°, que copiado literalmente, dice:

"QUINTO: La Honorable Corporación Municipal de la Villa De Quezaltepeque, Chiquimula CONSIDERANDO: Que siendo la Municipalidad la única propietaria del sistema de Agua Potable y de toda su red en toda la población, y quien puede hacer las ampliaciones y mejoras dentro del mismo, CONSIDERANDO: Que es deber de la Municipalidad velar por la distribución equitativa del vital liquido para todo el vecindario que lo solicita; CONSIDERANDO: Que por el crecimiento de la población, se incurren en gastos de materiales como administrativos al llevara a cabo las ampliaciones sobre las necesidades del vecindario; como consecuencia la Municipalidad esta en su deber conservar la calidad de vida de los habitantes dándoles un buen servicio de Agua Potable; siendo necesario implementar medidas de control que tiendan a autofinanciar el sistema y fortalecer las finanzas municipales, siendo procedente incrementar el pago del servicio de agua potable, su mensualidad por consumo del vital liquido y excesos, la Corporación Municipal reunida tomando en cuenta lo anterior por mayoría a excepción de la Concejal IV Celina Menéndez González, quien no avaló la presente disposición, ACUERDA: I) Modificar el Reglamento del Servicio de Agua Potable de la Municipalidad de la Villa de Quezaltepeque del acta 39-2004 Punto Segundo de fecha catorce de octubre del dos mil cuatro publicado en el Diario Oficial el nueve de noviembre del año dos mil cuatro en la forma siguiente:

 
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