ACUERDO GUBERNATIVO 332-2008
Se acuerda asignar valor facial a las especies postales que se pondrán en circulación EMISIÓN POSTAL: "FIESTAS NACIONALES".
ACUERDO GUBERNATIVO No. 332-2008
Guatemala, 8 de diciembre del 2008
El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que es deber del Estado de Guatemala velar porque los servicios públicos se presten en condiciones que satisfagan las necesidades de los usuarios dictando oportunamente las medidas que tiendan a esa finalidad, en ese sentido y en virtud del contrato de concesión de los servicios postales del Correo Oficial de la República de Guatemala, compete a la Dirección General de Correos y Telégrafos de Guatemala como Autoridad de aplicación y control de la concesión requerir se valoricen y pongan en circulación las estampillas postales que se determinan en la parte dispositiva de este Acuerdo y al concesionario Correo de Guatemala Sociedad Anónima cubrir el costo de la misma.
CONSIDERANDO:
Que para cumplir con el acuerdo de la Unión Postal de las Américas, España y Portugal UPAEP para el año 2008; es procedente asignarle valor facial a ochocientos mil sellos postales y cinco mil hojas miniatura que corresponden a la emisión postal denominada "Fiestas Nacionales".
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en lo preceptuado en los artículos 51 del Decreto Presidencial número 650 Código Postal de la República de Guatemala y 2 del Reglamento para la Emisión de Sellos Postales, Acuerdo Gubernativo No. 39-2001, de fecha 30 de enero de 2001, y el Decreto 14-04 del Congreso de la República de Guatemala.
ACUERDA:
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