ACUERDO GUBERNATIVO 325-2008
Se acuerda aprobar la ampliación del Presupuesto de Ingresos del Instituto de Fomento Municipal -INFOM- para el Ejercicio Fiscal 2008.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 325-2008
Guatemala, 8 de diciembre de 2008
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
CONSIDERANDO:
La Constitución Política de la República en el artículo 237, establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento establecen que las modificaciones de la ejecución de los presupuestos de las entidades descentralizadas con excepción de las autónomas, que impliquen la disminución de los resultados económicos y financieros previstos, o la alteración sustancial de la inversión programada o el incremento del endeudamiento autorizado, deben ser analizados y decididos por el Organismo Ejecutivo, oída la opinión del Ministerio de Finanzas Públicas;
CONSIDERANDO:
Que el Instituto de Fomento Municipal -INFOM-, solicitó al Ministerio de Finanzas Públicas, la ampliación de su presupuesto vigente en el presente ejercicio fiscal, por un monto de VEINTICUATRO MILLONES OCHOCIENTOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO QUETZALES EXACTOS (Q. 24,819,585.00), con la finalidad de incorporar recursos de las fuentes de financiamiento 12 "Disminución de caja y bancos de recursos del tesoro" y 31 "Ingresos propios" con la finalidad de contar con los recursos necesarios para la reconstrucción del Municipio de Palín, Departamento de Escuintla y del Municipio de La Unión, Departamento de Zacapa. Por lo que es procedente autorizar la ampliación presupuestaria mencionada, en vista que se han cumplido los requisitos legales correspondientes con base en la opinión contenida en el Dictamen No. 1094 de fecha 14 NOV 2008, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, y la Resolución número 1264 de fecha 17-11-2008 emitida por el Ministerio de Finanzas Públicas;
POR TANTO;
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala; lo que preceptúa el artículo 41 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, y artículo 25 del Acuerdo Gubernativo Número 240-98, Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto;
ACUERDA:
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