ACTA MUNICIPAL 103-2008
Se aprueba el Reglamento de Construcciones, Urbanización y Ornato del Municipio de Masagua, del Departamento de Escuintla.
ACTA NÚMERO 103-2008
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE MASAGUA DEL DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA.
CERTIFICA:
Que para el efecto ha tenido a la vista el Tomo Numero 3, de Actas de Sesiones Municipales, en el cual se encuentra inscrita el Acta Numero 103-2008, de la Sesión Pública Ordinaria, celebrada por el Honorable Concejo Municipal, de fecha once de Noviembre del año dos mil ocho, en donde se encuentra inscrito el Punto Quinto que copiado literalmente dice:
"QUINTO: LA HONORABLE CORPORACION DE LA MUNICIPALIDAD DE MASAGUA DEL DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA.
CONSIDERANDO:
Que por mandato constitucional, los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas, correspondiéndoles entre otras funciones la de atender los servicios públicos, locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios, así como se fijen los costos por metro cuadrado de construcción y las tasas para la autorización de construcción;
CONSIDERANDO
Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal, la deliberación, elaboración, aprobación, y ejecución de Reglamento y ordenanzas de urbanismo que establezcan o regulen el desarrollo ordenado de las construcciones dentro del municipio, así como las modificaciones o ampliaciones de las mismas, así como crear establecer, adicionar o modificar tasas por servicios, las que deberán ser congruentes, equitativas y justas.
CONSIDERANDO:
Que la obtención y captación de recursos para el fortalecimiento económico y desarrollo del municipio, y para poder realizar las obras y prestar los servicios que se necesitan, debe ajustarse a las necesidades de la Municipalidad y alas posibilidades del vecindario, teniendo siempre en cuenta el principio de legalidad, que descansa fundamentalmente, sobre la equidad y justicia tributaria.
POR TANTO:
Con base en lo considerado y en lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254, 255, de la Constitución Política de la República de Guatemala y los artículos 3, 4, 33, 35, 42, 100, 101,102, 106 y 147 del Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República que contiene Código Municipal.
POR UNANIMIDAD ACUERDA:
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