ACTA MUNICIPAL 30.10
Se acuerda aprobar el Reglamento de inscripción de Personas Jurídicas y sus representantes legales en el Registro Municipal de las Personas Jurídicas -REMUPEJU- del municipio de Villa Canales, departamento de Guatemala.
ACTA NÚMERO 30 PUNTO DÉCIMO
LA INFRASCRITA SECRETARIA DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA CANALES DEPARTAMENTO DE GUATEMALA
CERTIFICA:
Tener a la vista el Libro de Actas de Concejo Municipal número 58, en el que se encuentra el acta número 39 de fecha dieciocho de julio de dos mil ocho y en el ella en punto DECIMO el Acuerdo Municipal número 204-30-58-08 que copiado literalmente dice:
DECIMO: (Acuerdo No. 204-30-58-08)
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE VILLA CANALES DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA:
CONSIDERANDO:
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