ACUERDO  1206

Reglamento para Dar de Baja del Inventario General del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, a los Bienes Muebles en Desuso.


ACUERDO NÚMERO 1206


LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL


CONSIDERANDO:

Que por medio del Acuerdo No. 186 de la Junta Directiva, de fecha 17 de Mayo de 1951, se reglamentó lo relativo a la venta y permuta de bienes muebles del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, cuando por cualquier causa ya no presten a cabalidad la función para la que hubieran sido adquiridos; e igualmente, por Acuerdo No. 393 del 6 de Junio de 1963, emitido por la misma, se reguló el control de los bienes muebles en desuso y el procedimiento para darles de baja del Inventario General del Instituto.


CONSIDERANDO:

Que tomando en cuenta la fecha en que ambos Acuerdos fueron emitidos y la dinámica administrativa que ha tomado el Instituto, se hace necesario actualizar su contenido para que el procedimiento sea ágil, eficaz y transparente, acorde con los sistemas adoptados en la modernización del Instituto, y que además hace precisa su unificación.


POR TANTO:

Con base en lo que establece el Artículo 124 de la Constitución Política de la República de Guatemala, y el inciso a) del Artículo 19 del Decreto Número 295 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social,


ACUERDA:

Emitir el siguiente:


REGLAMENTO PARA DAR DE BAJA DEL INVENTARIO GENERAL DEL
INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL
A LOS BIENES MUEBLES EN DESUSO


CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
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