DECRETO DEL CONGRESO 39-2006
Reformas a la Ley del Programa de Aporte Económico del Adulto Mayor, Decreto número 85-2005 del Congreso de la República.
DECRETO NÚMERO 39-2006
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los principios consagrados en la Constitución Política de la República de Guatemala, corresponde al Estado la protección de la salud física, mental y moral de los ancianos, a quienes debe garantizar su derecho a la alimentación, salud, seguridad y previsión social, para alcanzar la finalidad esencial y fundamental del Estado, que es el bien común
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la sentencia de la Corte de Constitucionalidad fueron declarados inconstitucionales los artículos 8 y 12 del Decreto Número 85-2005 del Congreso de la República, Ley del Programa de Aporte Económico del Adulto Mayor, es imprescindible regular lo relativo a la fuente de financiamiento para hacer viable y efectiva la referida ley introduciendo reformas sustanciales a la misma.
CONSIDERANDO:
Que para establecer la fuente de financiamiento de la Ley del Programa de Aporte Económico del Adulto Mayor, es necesario crear la Contribución Anual Especial de Solidaridad, así como establecer el aporte del gobierno y otras fuentes que complementen los recursos necesarios para el desarrollo del mencionado programa.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
Las siguientes,
REFORMAS A LA LEY DEL PROGRAMA DE APORTE ECONÓMICO DEL ADULTO MAYOR, DECRETO NÚMERO 85-2005 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
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