ACUERDO GUBERNATIVO 549-2006
Se acepta la donación que a título gratuito hace la Municipalidad de Ocós San Marcos, a favor del Estado de Guatemala; de un inmueble que carece de inscripción registral, ubicado en el centro urbano del citado municipio.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 549-2006
Guatemala, 21 de noviembre de 2006.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que es deber del Estado garantizarle a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral, para cuyo efecto la municipalidad de Ocós, departamento de San Marcos, a través del punto octavo del acta número 312-2002 de fecha 14 de marzo de 2002, donó a favor del Estado para ser adscrito al Organismo Judicial, la posesión de una fracción de terreno para que se destine exclusivamente a la construcción y funcionamiento del Juzgado de Paz de dicha localidad, y siendo que el inmueble donado carece de inscripción registral se promovieron las diligencias que permitan inscribirlo a nombre del Estado en el Segundo Registro de la Propiedad, de conformidad con él trámite establecido en el Decreto Ley número 141-85 del Jefe de Estado, según consta en el expediente número 0-3349-2005 de la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, por lo cual se hace necesario emitir la disposición legal correspondiente, mediante la cual se acepte la donación y se inscriba la posesión a favor del Estado;
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo y 2o. literal c) del Decreto Ley número 141-85 del Jefe de Estado.
ACUERDA:
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