RESOLUCIÓN  SAT-S-306-2006

Se habilita como anexos de la Aduana Central y de la Aduana de Vehículos un área sobre el inmueble que le fue adscrito a la –SAT-, mediante Acuerdo Gubernativo 624-2005.


RESOLUCIÓN No. SAT-S-306-2006

SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA: Guatemala, treinta de mayo de dos mil seis.


ASUNTO: HABILITACIÓN DE ÁREAS DE TERRENO COMO ANEXOS DE LA ADUANA CENTRAL Y DE LA ADUANA DE VEHÍCULOS.

La Superintendencia de Administración Tributaria, ha obtenido en arrendamiento las áreas de los inmuebles, ubicados en el kilómetro 8.5, Carretera al Atlántico, zona 18 de esta ciudad, con una extensión de 9239.60 metros cuadrados, que forma parte de las fincas inscritas en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, con los números: finca 2943 del folio 183 del libro 675 de Guatemala, y fincas de la 852 a la 859, folios del 352 al 359, todas del libro 422 E de Guatemala, lo cual quedó consignado en el contrato administrativo número cero veintiséis guión dos mil seis, suscrito entre la Superintendencia de Administración Tributaria y la entidad denominada Grupo del Valle, Sociedad Anónima, para el arrendamiento de los inmuebles que conforman el Condominio Parque Industrial del Atlántico, con el objeto de trasladar hacia dichos inmuebles las instalaciones de la Aduana Central y Aduana de Vehículos, incluyendo bodegas y patios para el almacenamiento de mercancías y vehículos caídos en abandono, depósito y en situación de comiso a la orden de Juez competente.

Que mediante las resoluciones Números SAT-S-216-2006 y SAT-S-234-2006 de fechas 19 y 25 de abril de 2006, se resolvió habilitar en dichos inmuebles un área como Aduana Central y un área para Aduana de Vehículos, que son insuficientes para el almacenamiento de transporte pesado, furgones, cabezales, buses, camiones, mercancías diversas y productos químicos, con el objeto de facilitar el funcionamiento de las Aduanas relacionadas, como parte del servicio público a cargo de la Administración Tributaria.

EL SUPERINTENDENTE DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA EN FUNCIONES, con fundamento en los artículos 1. 3 inciso b), 22 inciso h) y 28 del Decreto número 1-98 del Congreso de la República, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria y con base en el artículo 45 del Acuerdo de Directorio número 2-98, Reglamento Interno de la Superintendencia de Administración Tributaria,


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